sábado, 26 de abril de 2014

Gran Bretaña "monitorea" las compras de armas que realizará Argentina

CON LA MIRA SOBRE MALVINAS

Gran Bretaña "monitorea" las compras de armas que realizará Argentina

 
23 FEB 2014 | 19:50 Las autoridades británicas se mostraron preocupadas por una posible "redada militar", porque el Gobierno analiza la adquisición de misiles, helicópteros y hasta drones. 

La tensión entre Argentina e Inglaterra no cesa, pues las Islas Malvinas serán siempre una cuenta pendiente. Ahora, Gran Bretaña se encuentra "monitoreando cuidadosamente" la situación militar en el archipiélago, tras conocer la inversión que el Gobierno inyectará a las Fuerzas Armadas para su modernización. 

Tal como informó el semanario Sunday Express, según fuentes militares británicas de alto rango, las autoridades foráneas temen una "redada militar". "El verdadero miedo está en la posible incursión de fuerzas especiales argentinas dirigidas a dañar la pista de Puerto Argentino (Stanley)", refleja. 

En tanto, de acuerdo con el mismo medio, el secretario de Defensa británico, Phillip Hammond, se negó a confirmar si el país europeo retomaría las islas si fueran "invadidas" por fuerzas militares argentinas. 

Además, otra variable que les resulta de temer es que el dinero extra hará que Argentina incremente su gasto de Defensa en un 33,4% para este año, el mayor aumento para el sector en la historia del país.

"La lista de shopping incluye también sistemas de defensa aéreos israelíes, transporte de asalto naval, sistemas de misiles, helicópteros y un proyecto de drones. Contará con capacidades de alta tecnología para el Ejército y la formación de un nuevo comando de unidades de fuerzas especiales", destacó el funcionario. 

Los programas de adquisición y modernización propuestos por Nación, que contemplan la compra de sistemas israelíes de defensa aérea y la asunción de Daniel Filmus al frente de la recién creada Secretaría de Asuntos Relativos a Malvinas, son cambios que inquietaron a los británicos. 

En ese sentido, el Sunday Express sostiene que el ex ministro de Educación "envió más de 200 cartas a las empresas petroleras británicas en Malvinas, amenazándolos con imponer elevadas multas si perforan sin consentimiento argentino".

España ya es el séptimo exportador mundial de armas

España ya es el séptimo exportador mundial de armas

  • España adelanta un puesto en el ranking internacional de la industria armentística y ya es el séptimo exportador de armamento, por delante de potencias como Israel,  o Suecia. El valor de estas ventas se ha multiplicado por tres en los últimos cincos años.
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La crisis no ha hecho mella en la industria de defensa española. España escala un puesto en el top ten mundial de los países vendedores de armas y ya es el séptimo suministrador mundial de armamento tras desplazar a Holanda y acercarse a . El país mantiene una cuota del 2,6% en el  mundial y se sitúa por delante de potencias como Israel, Italia o Suecia, según los datos del último informe anual del Instituto Internacional de Investigación para la Paz de Estocolmo (Sipri), hechos públicos hoy.
El Sipri cuenta con una de las  de datos más amplias sobre el  mundial de armas. Para poder analizar los flujos comerciales de armamento de forma equilibrada y homogénea, compara periodos de cinco años y usa como indicador cifras de ventas a precios constantes, no el coste financiero real de las operaciones.
Según los datos actualizados, en el periodo 2007-2011España exportó armas convencionales por valor de 3.408 millones de dólares (a precios constantes de 1990), tres veces más que los 1.284 millones de dólares que movió en los cinco años inmediatamente anteriores (2002-2006).
¿Cuáles fueron los sistemas más vendidos? Por un lado, los buques de Navantia, que concentraron el 66,5% del valor de las exportaciones del periodo, y por otro, los aviones de Airbus Military, que supusieron un 30% de las ventas.
Países clientes
Por países, los contratos más importantes del último lustro se han firmado con Noruega, con la venta de cinco fragatas en un acuerdo valorado en 1.500-2.500 millones de dólares; con Malasia, que ha comprado submarinos Scorpene en un acuerdo en que también participaba Francia valorado en 1.200 millones de euros; y con Venezuela, tras el acuerdo para el suministro de ocho buques (patrulleros oceánicos y de vigilancia) por otros 1.200 millones.
Resulta llamativo que, el año pasado, en plenas revueltas de la Primavera Árabe, España decidiera vender a Yemen un avión CN-235 para "acciones antiterroristas" con financiación de EE UU, así como entregar tres unidades del avión de transporte militar C-295 a Egipto.
La lista de clientes de la industria de defensa española incluye también otros países africanos comoMauritaniaGhanaRuanda o Senegal, o latinoamericanos como ColombiaBrasil o Chile.
A nivel mundial, el informe de Sipri constata que, en el periodo 2007-2011, el volumen de grandes armas convencionales que se ha puesto en el mercado ha crecido un 24% respecto a los cinco años precedentes. A ello contribuyó que el año pasado se cerrara la mayor operación de compraventa de armamento de los últimos 20 años: la adquisición por parte de Arabia Saudí a EE UU de 154 aviones de combate (nuevos y modificados) F-15SG Strike Eagle.
Las cinco grandes potencias exportadoras de armas siguen siendo las habituales: Estados Unidos,RusiaAlemaniaFrancia y Reino Unido. Entre todos, controlan el 75% de las ventas mundiales, aunque las distancias las siguen marcando estadounidenses (con una cuota de mercado del 30%) y rusos (24%).
Por el lado de los receptoresIndia (que concentra el 30% de las importaciones de armamento),Corea del SurPakistánChina y Singapur acumulan el 30% de las compras. En el caso chino, el país ha perdido peso como importador (ha pasado de ser el mayor comprador mundial en el periodo 2002-2006 a ocupar el cuarto puesto) pero se han hecho fuerte como suministrador de armas. Pekín ha duplicado sus ventas, que van dirigidas en buena parte (64% del total) a Pakistán, con quien mantiene un acuerdo de colaboración militar a largo plazo.

USO DE ARMAS CORTAS EN MEXICO

OPINIÓN: La posesión de armas en México, ¿un derecho al alcance de pocos?

En el país no solo es legal la venta y compra de armas, también es posible portarlas en la vía pública y usarlas en defensa propia
Por Héctor Villarreal
Lunes, 14 de enero de 2013 a las 14:23
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La Sedena es la única institución que funciona como un proveedor legal para la venta de armas en México (Cuartoscuro/Archivo).
La Sedena es la única institución que funciona como un proveedor legal para la venta de armas en México (Cuartoscuro/Archivo).
Lo más importante
  • La Constitución mexicana establece que cualquier ciudadano puede portar armas tanto en su casa como en público
  • En México existen dos tipos de licencias: las oficiales y particulares

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Nota del editor: Héctor Villarreal es doctor en ciencias políticas y sociales de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM). Puedes seguirlo en su cuenta de twitter: @VillarrealH
(CNNMéxico) — Al mismo nivel que el acceso a la educación, la salud o a formar una familia, poseer armas en México es un derecho humano garantizado por la Constitución.
Es legal no solo la venta y compra de armas, sino también portarlas en la vía pública, poseerlas en domicilio privado, usarlas en defensa propia y matar con ellas en determinadas circunstancias, además de importarlas.
No es exacto decir que a diferencia de Estados Unidos en México existe una prohibición sobre las armas. Sin contar al mercado negro, la principal diferencia es que en uno no hay armerías o establecimientos mercantiles para su venta —México—, en tanto que en el otro prevalece un mercado libre sobre ellas —Estados Unidos—.
El Artículo 10 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dice lo siguiente: 
"Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada, Fuerza Aérea y Guardia Nacional. La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas."
En México, desde mi punto de vista, es legal tener un ejército poderosamente armado al servicio de un particular siempre y cuando tenga las autorizaciones correspondientes. El caso más notorio puede ser el del empresario bajacaliforniano Jorge Hank Rohn, detenido en su domicilio por posesión de armas, pero liberado horas después con todo y su arsenal, en un episodio ocurrido en junio de 2011.
La Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), a través de su Unidad de Comercialización de Armamentos y Municiones, cumple una función similar a la de una paraestatal para la venta de armas. También es el proveedor para empresas de seguridad privadas, desde las que se dedican al traslado de valores (dinero) hasta las que desempeñan tareas de resguardo para empresas y colonos. El catálogo de armas que la Unidad ofrece a la ciudadanía para la adquisición de armas incluye pistolas, escopetas y rifles semiautomáticos, así como las municiones correspondientes, tanto para defensa personal como para fines de tiro deportivo y cacería.
Aunque puede pensarse que la Sedena concentra, legalmente, 'el monopolio' de la venta de armas, la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos indica que la posesión de cualquiera de éstas deberá "manifestarse" para "efecto de su inscripción en el Registro Nacional de Armas de Fuego". De modo que, tácitamente, se considera la posibilidad de que los ciudadanos hayan adquirido armas a otros sujetos, y no menciona que sea delito su herencia, regalo o canje entre particulares.
El artículo 17 de dicha Ley señala lo siguiente: "Toda persona que adquiera una o más armas, está obligada a manifestarlo a la Secretaría de la Defensa Nacional en un plazo de treinta días. La manifestación se hará por escrito, indicando, marca, calibre, modelo y matrícula si la tuviera". Me parece que si se considerara que la Sedena es el único vendedor legal, no habría obligación de manifestarle la adquisición de arma alguna.
En tanto, el Código Penal Federal señala en su artículo 161 que "se necesitará licencia especial para portación o venta de las pistolas o revólveres", el artículo 162 sanciona la falta a esa disposición y el 163 aclara que los particulares no podrán participar en la venta de armas, sino solo establecimientos mercantiles que cuenten con licencia. De modo que, para mí, lo que no existe en México son son establecimientos mercantiles con licencia para la venta de armas. Por tanto, me parece que la autoridad ha ejercido un criterio discrecional para no expedirlas que se ha convertido en política de Estado, una especie de regla no formal institucionalizada.
Hay dos tipos de licencias para la portación de armas en México: oficiales y particulares. La primera no necesita mayor explicación, pues se refiere a los miembros de corporaciones policiacas. La otra se otorga al cumplir con los siguientes requisitos, según establece el artículo 26 de la Ley de Armas de Fuego:
"I. En el caso de personas físicas:
A. Tener un modo honesto de vivir;
B. Haber cumplido, los obligados, con el Servicio Militar Nacional;
C. No tener impedimento físico o mental para el manejo de las armas;
D. No haber sido condenado por delito cometido con el empleo de armas;
E. No consumir drogas, enervantes o psicotrópicos, y
F. Acreditar, a criterio de la Secretaría de la Defensa Nacional, la necesidad de portar armas por:
a) La naturaleza de su ocupación o empleo; o
b) Las circunstancias especiales del lugar en que viva, o
c) Cualquier otro motivo justificado."
Según lo anterior, los requisitos no son nada que un ciudadano ordinario no pueda demostrar con su cartilla, un certificado médico y algún estado de cuenta bancario. Sin embargo, me parece que existe cierto margen de discrecionalidad tanto para la autoridad como para el interesado, a partir del supuesto de "cualquier otro motivo justificado". ¿Qué motivos pueden ser o no ser justificados? ¿Los que la autoridad esté dispuesto o no a reconocer?
El mismo artículo especifica lo que se refiere a las licencias para actividades deportivas y cacería, "solo si los interesados son miembros de algún club o asociación registrados y cumplan con los requisitos señalados en los primeros cinco incisos de esta fracción.
"II. En el caso de personas morales:
A. Estar constituidas conforme a las leyes mexicanas.
B. Tratándose de servicios privados de seguridad:
a) Contar con la autorización para funcionar como servicio privado de seguridad, y
b)  Contar con la opinión favorable de la Secretaría de Gobernación sobre la justificación de la necesidad de la portación del armamento, y los límites en número y características de las armas, así como lugares de utilización.
C. Tratándose de otras personas morales, cuando por sus circunstancias especiales lo ameriten, a juicio de la Secretaría de la Defensa Nacional, para servicios internos de seguridad y protección de sus instalaciones; ajustándose a las prescripciones,  controles y supervisión que determine la propia Secretaría.
D. Acreditar que quienes portarán armas cumplen con lo previsto en los primeros cinco incisos de la fracción I anterior."
Aquí, me parece, lo interesante es la intervención de la Secretaría de Gobernación en cuanto a su "opinión favorable". ¿Quiénes y por qué pueden recibir una opinión favorable y quiénes no? Hay un amplio rango de posible discrecionalidad en ello, el cual podría dar cabida a influyentismo o componendas al respecto. Recuerda el otorgamiento de licencias para casinos, por ejemplo.
En lo que se refiere a la importación, el artículo 57 dice:
"Cuando las armas, objetos y materiales de importación o exportación comercial se encuentren en poder de la aduana respectiva, los interesados lo comunicarán a la Secretaría de la Defensa Nacional para que ésta designe representante que intervenga en el despacho aduanal correspondiente, sin cuyo requisito no podrá permitirse el retiro del dominio fiscal o la salida del país". Y se complementa con el artículo 58: "Los particulares que adquieran armas o municiones en el extranjero, deberán solicitar el permiso extraordinario para retirarlas del dominio fiscal".
¿Realmente existe una regulación sobre las armas en México o más bien es un mercado legal restringido a poderosos e influyentes que pueden importar armas, además de, me parece, un amplio mercado negro para criminales?
Las opiniones recogidas en este texto pertenecen exclusivamente aHéctor Villarreal.